Artículo 4º.- Facúltase al Presidente de la República para que, por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización, transfiera gratuitamente a sus actuales ocupantes el dominio de los terrenos que están ubicados en la ciudad de San Carlos entre las calles Serrano, Brasil, Gazmuri y General Lagos, y cuyo dominio se encuentra inscrito a nombre del Fisco a fojas 543, bajo el Nº 833 del Registro de Propiedades de Bienes Raíces de San Carlos.
Se faculta también a la Municipalidad de San Carlos para transferir gratuitamente a las mismas personas el dominio de los respectivos pabellones levantados sobre esos terrenos y que fueron construidos con motivo del terremoto del año 1939.