Que Concede permiso a los oficiales señores don Estanislao García Huidobro, don Arturo Montesinos, don Luis B. Negrete, don Armando Llanos i don Cárlos Ibáñez, para que puedan servir a las órdenes de gobiernos estranjeros.
Santiago, a 4 de Setiembre de 1903.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO PRIMERO. Concédese permiso para que puedan prestar sus servicios a las órdenes del Gobierno del Ecuador, al capitan don Estanislao García Huidobro i a los tenientes señores Arturo Montesinos i Luis B. Negrete; i para que sirvan a las órdenes del Gobierno del Salvador a los tenientes don Armando Llanos i don Cárlos Ibáñez.
ART. 2.° Los oficiales nombrados conservarán sus respectivos puestos en el Ejército de Chile.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Cárlos Besa.