EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 824 EXENTA, DE 2004
Resolución exenta Nº 824, de fecha 16 de julio de 2004 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, prohíbe el día sábado 17 de julio del presente año, adicionalmente a la establecida en la resolución exenta Nº 102/2004, de esta Secretaría Regional, la circulación de vehículos motorizados de cuatro o más ruedas que se señalan en el presente cuadro, según tipo o servicio y último dígito de placa patente, en los horarios y perímetros que se indican, encontrándose exceptuados de esta restricción todos los vehículos aludidos en el numeral 4 de la resolución exenta Nº 102/2004, ya citada, salvo aquellos vehículos con sello verde aludidos en la letra b) a que les fuere aplicable la presente medida, según su último dígito de placa patente.
1.- Vehículos sin sello verde:
Tipo de vehículo Dígitos Horario Perímetro
Provincia de
Automóviles, Santiago
station wagons y 1-2 Entre las más las comunas
similares y 3-4 07:30 y de San Bernardo
taxis en las 21:00 y Puente Alto.
cualquiera. hrs
de sus modalidades.
Area interior
delimitada
Transporte de por el Anillo
Carga 1-2 Entre las Américo Vespucio.
3-4 10:00 y
las 18:00
hrs.
2.- Vehículos con sello verde:
Tipo de vehículo Dígitos Horario Perímetro
Automóviles,
minibuses,
station wagons y
similares y
taxis en 9-0 Entre las
cualquiera de 07:30 y Provincia
sus modalidades. las 21:00 de Santiago
hrs. más las
Buses licitados, comunas de San
buses urbanos no Bernardo y Puente
licitados, buses Entre las Alto.
rurales, buses 00:00 y
inter- urbanos 9-0 las 24:00
(excepto los hrs.
que cumplan
con el ruteo
definido en
la resolución
exenta Nº
82/2001 de
esta Seremitt)
y buses de
transporte
privado de
personas.
Transporte
Escolar 9-0 Entre las
07:30 hrs.
y las 21:00.
Area interior
Transporte de 9-0 Entre las delimitada por el
Carga 10:00 y Anillo Américo
las 18:00 Vespucio.
hrs.
Silvio Albarrán Albán, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.