MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN AMPLITUD
MODULADA QUE INDICA
Santiago, 15 de junio de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 287.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977 que creó la
Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b) La ley Nº 18.168, Ley General de
Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El número 1º del artículo 3º, del párrafo III
de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue
fijado por la resolución Nº 520 de 1996, de la
Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del
Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de
Radiodifusión Sonora; y,
e) El decreto supremo Nº 106 de 13.09.1978, que
otorgó la concesión, modificado por los
decretos supremos Nº 188 de 23.11.1979, Nº 78
de 07.05.1980 y Nº 52 de 18.04.1985, todos del
Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
f) Lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº
19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los
actos de los órganos de la administración del
Estado.
Considerando:
a) Lo solicitado mediante Ingreso Subtel Nº 43.597
de 06.11.2003, complementado mediante Ingreso
Subtel Nº 19.058 de 24.02.2004;
b) Que, con fecha 19.10.1988 se redujo a escritura
pública, ante el Notario Público Titular de la
Primera Notaría de Puerto Montt, don Edward
Langlois Danks, la transformación de la
sociedad ''René Salinas y Compañía Limitada''
en la sociedad anónima cerrada denominada
''René Salinas Palacios S.A.'';
c) Que los representantes y directores de René
Salinas Palacios S.A. cumplen los requisitos
establecidos en los artículos 21 y 22 de la
ley, y en uso de mis atribuciones legales,
dicto lo siguiente,
D e c r e t o:
1. Modifíquese la concesión de Radiodifusión Sonora en amplitud modulada, señal distintiva CD-93, para la ciudad de Puerto Montt, X Región, otorgada a la sociedad René Salinas y Compañía Limitada, RUT Nº 86.985.500-6, mediante el acto administrativo señalado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su continuadora legal y actual concesionaria es René Salinas Palacios S.A., RUT Nº 86.985.500-6, domiciliada en Illapel Nº 60, Puerto Montt, X Región.
2. El presente decreto deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el Nº 4 del artículo 23 de la Ley General de Telecomunicaciones.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.