FACULTA AL DIRECTOR DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE PARA DONAR 144 VIVIENDAS EN LA COMUNA DE TALCAHUANO
    Santiago, 7 de Junio de 1976.- La Honorable Junta de Gobierno decretó lo que sigue:
    Núm. 1.490.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527 y 557, de 1974.
    La Junta de Gobierno acuerda dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo 1º.- La Empresa Portuaria de Chile podrá donar a los ocupantes de las viviendas que el Director de ese organismo designe, las 144 viviendas que para dicha empresa construyó la Corporación de la Vivienda en la comuna de Talcahuano, en parte de los terrenos inscritos en mayor extensión a Fs. 570, Nº 927, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano correspondiente al año 1964.
    Asimismo, el Director de la Empresa Portuaria de Chile podrá donar los cuatro locales comerciales construidos en el conjunto habitacional indicado, a la Cooperativa de Pescadores de Concepción y Arauco Ltda.
    Artículo 2º.- Las donaciones que se efectúen en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior no requerirán de trámite de insinuación establecido en los artículos 1401 y siguientes del Código Civil y estarán exentas de todo impuesto, tasa, derecho o gravamen, sean éstos fiscales o municipales.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Rosalino Fuentes Silva, Coronel de Carabineros, Subsecretario de Transportes.