APRUEBA CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE RECEPCION DE PRUEBAS EN EL EXTRANJERO
Núm. 1.473.- Santiago, 31 de Mayo de 1976.- Vistos:
1.o- Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 247 y 527, de 1974;
2.o- La conveniencia de ratificar las Convenciones Internacionales que tienen por objeto facilitar la recepción u obtención de pruebas o informes a petición de las autoridades jurisdiccionales de uno de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos;
La Junta de Gobierno de la República ha dado su aprobación al siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Apruébase la Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero, suscrita en Panamá el 30 de Enero de 1975, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado, con declaración de que se extienden las normas de la misma a la tramitación de exhortos o cartas rogatorias que se refieran a la recepción u obtención de pruebas en materia criminal, laboral, contencioso-administrativa, juicios arbitrales u otras materias objeto de jurisdicción especial.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Miguel Schweitzer Speisky, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Enrique Valdés Puga, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.