Que manda erijir una estatua en honor del jeneral don Manuel Búlnes
    Lei núm. I659.- Santiago, a 22 de Julio de I904.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente:
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Eríjase una estatua ecuestre de bronce en honor del jeneral don Manuel Búlnes; i autorízase al Presidente de la República, por el término de dos años, para que invierta hasta la suma de setenta i cinco mil pesos ($ 75,000) en la ereccion de dicha estatua, i para que se fije su forma, lugar de su colocacion i demas condiciones de la obra hasta dar cumplimiento a esta lei.

    I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- M. E. Ballesteros.