CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON ABDON REYES CASTRO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Abdón Reyes Castro, una pensión de ochenta escudos mensuales, de la que disfrutará en conformidad a la ley de Montepío Militar.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que procede, de acuerdo con el artículo 54º de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintisiete de Enero de mil novecientos sesenta y nueve.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- José F. Guzmán C.