RECONOCE, POR GRACIA, A DON ARTURO TORO HERRERA EL TIEMPO SERVIDO QUE INDICA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente,

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Arturo Toro Herrera, para todos los efectos legales, el tiempo trabajado en la enseñanza particular entre el 1º de Octubre de 1941 y el 28 de Febrero de 1948.
    Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse en la Caja de Previsión de Empleados Públicos y Periodistas por el período señalado en el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre la base del monto de un sueldo vital mensual, escala a) del departamento de Santiago, fijado para el año en que entre en vigencia la presente ley.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta de Enero de mil novecientos sesenta y nueve.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Máximo Pacheco Gómez.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Mario Leyton Soto, Subsecretario de Educación Pública.