Autoriza la adquisicion de la propiedad de don Osvaldo Bustos en Temuco
Lei núm. 1685.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de veintidos mil setecientos noventa pesos ($ 22 790 en adquirir para el Fisco la casa i sitio anexo de propiedad de don Osvaldo Bustos, ubicada en Temuco, conforme al plano i tasacion practicados por el injeniero de la provincia don A. Custodio Correa, debiendo revisarse dichos plano i tasacion por el injeniero del Ministerio de Instruccion Pública.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 12 de Setiembre de 1904.- JERMAN RIESCO.- Alejandro Fierro.