DISPONE APERTURA REGISTRO PUBLICO CESCO

    Núm. 409.- Yumbel, 21 de julio de 2004.- Vistos y Considerando:

    1. Lo dispuesto en el Art. 13 y demás pertinentes del Reglamento del Consejo Económico y Social Comunal (Cesco), aprobado por decreto alcaldicio Nº 204, de fecha 24 de septiembre de 1999.
    2. Que el Consejo Económico y Social Comunal actual cumple su período de vigencia el presente año.
    3. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones posteriores,

    D e c r e t o:

    1.- Iníciese el proceso de elección del Consejo Económico y Social Comunal para el período 2004-2008, para tal efecto, ábrase por el período de 75 días a partir del lunes 2 de agosto y hasta el 15 de octubre del presente año, el registro para la inscripción de las instituciones que deseen participar en la elección de los integrantes de dicho órgano asesor.
    2.- Las inscripciones deberán realizarse en la Secretaría Municipal ubicada en calle O'Higgins Nº 851 de Yumbel, de lunes a viernes, entre las 8:30 y las 13:30 horas.
    3.- Los integrantes del Cesco serán elegidos en asambleas separadas por estamentos, que convocará la Secretaría Municipal, para los días 9 y/o 10 de noviembre del 2004.
    4.- Podrán inscribirse en dicho registro las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional, y de actividades relevantes en el ámbito económico, social y cultural de la comuna, incluyendo en éstas a organizaciones religiosas u otras.
    5.- Requisitos que se deben cumplir y acreditar:

-    Las organizaciones territoriales y funcionales deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Organizaciones Comunitarias, tener sus estatutos adecuados y sus directivas renovadas en conformidad a la ley Nº 19.418, con anterioridad a la fecha de inscripción.
-    Las organizaciones que realicen actividades relevantes y otras organizaciones sin fines de lucro con domicilio en la comuna, deben tener Personalidad Jurídica vigente.
-    Acta que indique la directiva vigente, el acuerdo de inscribirse en el registro del Cesco, y nombre de la persona que actuará de delegado o representante ante este organismo, quien debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 6 del reglamento del Cesco.

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Raúl Américo Betancur Ayala, Alcalde.- Oscar Renato Chamorro Soto, Secretario Municipal.