CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA DELFINA, DOÑA MARIA Y DOÑA ROSA REBOLLEDO

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de Eº 300 mensuales a favor de las señoritas Delfina, María y Rosa Rebolledo.
    El gasto que signifique la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a diecisiete de Abril de mil novecientos sesenta y nueve.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- José F. Guzmán C., Subsecretario de Hacienda.