CONCEDE, POR GRACIA, LOS BENEFICIOS QUE SEÑALA, A DON HECTOR MANUEL ORTIZ PONCE
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Inclúyese, por gracia, en los beneficios de la ley Nº 11.076, a don Héctor Manuel Ortiz Ponce, con el abono indicado en la letra b) del artículo 1º de dicha ley.
El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, diez de Junio de mil novecientos sesenta y nueve.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- José F. Guzmán C., Subsecretario de Hacienda.