AUTORIZA A LA EMPRESA NACIONAL DE MINERIA PARA OTORGAR AYUDAS EXTRAORDINARIAS O SUBSIDIOS A LOS PRODUCTORES DE MINERALES O CONCENTRADOS AURÍFEROS CON EL FIN QUE INDICA
    Por cuanto el Hon. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:


    Artículo 1.- DEROGADODL 1818, HACIENDA
Art. 1º
D.O. 15.06.1977


    Artículo 2.- DEROGADODL 1818, HACIENDA
Art. 1º
D.O. 15.06.1977


    Artículo 3.- DEROGADODL 1818, HACIENDA
Art. 1º
D.O. 15.06.1977


    Artículo 4.- DEROGADODL 1818, HACIENDA
Art. 1º
D.O. 15.06.1977


    Artículo 5.- DEROGADODL 1759, MINERIA
Art. 1º
D.O. 20.04.1977

NOTA:
      El Art. 1º transitorio del DL 1759, Minería, publicado el 20.04.1977, dispuso que la presente modificación regirá a contar del 1º de febrero de 1978.

    Artículo 6.- DEROGADODL 1290, MINERIA
Art. 1º
D.O. 05.01.1976


    Artículo 7.- DEROGADODL 1290, MINERIA
Art. 1º
D.O. 05.01.1976

    Artículo 8.- Agrégase al final de la letra a) del artículo 15 de la ley Nº 16.744, de 1º de febrero de 1968, reemplazando el punto y coma (;) por un punto seguido (.) la siguiente oración: "Tratándose de actividades mineras, la tasa de cotización básica general será de 1,5% de las remuneraciones imponibles, con excepción de los productores mineros que vendan su producción a la Empresa Nacional de Minería y que en conjunto de todas sus actividades, no produzcan más de 100 toneladas de cobre fino al año.
    INCISO DEROGADODL 3501, TRABAJO
Art. 24
D.O. 18.11.1980

NOTA:
      El Art. 35 del DL 3501, Trabajo, publicado el 18.11.1980, dispuso que la referida norma regirá a contar del 1º de marzo de 1981.
    Artículo transitorio.- El inciso quinto del artículo 114 del Código de Minería regirá desde el 1º de Enero de 1971, y el Presidente de la República dictará el Reglamento a que se refiere dicho inciso, dentro del plazo de seis meses de la publicación de la presente ley".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, tres de Septiembre de mil novecientos setenta y uno.- JOSE TOHA GONZALEZ.- Orlando Cantuarias Zepeda.
    Lo que transcribo a Ud. Para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Hernán Soto Henríquez, Subsecretario de Minería.