MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA

    Santiago, 30 de junio de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 348.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c)  El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d)  El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e)  La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
f)  El decreto supremo Nº 113 de 26.03.1999, que otorgó la concesión, modificado por decreto supremo Nº 722 de 16.12.1999, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
g)  La resolución exenta Nº 641 de 13.05.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.

    Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 23.794 de 17.03.2004, complementada por la solicitud ingreso Subtel Nº 29.280 de 13.04.2004;

    D e c r e t o: