Concede una asignacion anual a los gobernadores de Coquimbo, Andes i Talcahuano.
Lei núm. 1739.- Santiago, a 10 de Agosto de 1905.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente:
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Los gobernadores de los departamentos de Coquimbo, Andes i Talcahuano gozarán de una asignacion anual de dos mil pesos ($ 2 000) para gastos de representacion, que les será pagada por mensualidades iguales,
Esta lei empezará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Juan Antonio Orrego.