FIJA TASAS DE DERECHOS A LAS SOLICITUDES Y DILIGENCIAS DE LA LEY N° 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS, EXPLOSIVOS Y PRODUCTOS QUIMICOS
Santiago, 28 de Julio de 1987.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente
Núm. 70.- Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo 26, incisos 1° y 2° de la Ley N° 17.798, agregado por el 1° del Decreto Ley N° 2.553, de 1979,
b) Lo dispuesto en el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;
c) La resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República;
d) El Decreto Supremo SSG. Depto. IV/2. N° 62, de 11 de junio de 1986;
e) El Decreto Supremo SSG. Depto. IV/2, N° 51, de 09 de Junio de 1987;
f) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional,
Decreto:
1.- Fíjanse para regir en el segundo semestre de 1987, las mismas tasas de derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre "Control de Armas, Explosivos y Productos Químicos", que fueron fijadas para el segundo semestre de 1986, por el Decreto Supremo señalado en la letra d) de los Visto, publicado en el Diario Oficial N° 32.559, de 28.08.86, y mantenidas con las excepciones que se establecieron en el Decreto Supremo mencionado en la letra e) de Visto, para el primer semestre de 1987. Asimismo continuarán vigentes las instrucciones contenidas en los párrafos 2, 3, 4 y 5 del Decreto indicado en la letra d).
2.- Las tasas de los derechos indicados precedentemente, seguirán rigiendo desde la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial. Su vigencia expirará con la publicación del Decreto Supremo de Tasas correspondiente al primer semestre de 1988.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea de Chile, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Sergio Moreno Saravia, Coronel, Subsecretario de Guerra.