CONCEDE PERMISO A VARIOS OFICIALES DE MARINA PARA QUE PRESTEN SUS SERVICIOS A LAS ORDENES DE GOBIERNO DEL ECUADOR.
    Lei núm. 1751.-Santiago, a 17 de Agosto de 1905.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:


    ARTICULO PRIMERO.- Concédese permiso para que puedan prestar sus servicios, durante tres años, a las órdenes del Gobierno del Ecuador, al capitan de fragata don Cárlos Fuenzalida, al teniente I.° don David Puyol i a los tenientes segundos don Osvaldo Ferrari P. i Victor M. Cabiéses S.

    ART. 2.° Los oficiales nombrados conservarán sus respectivos puestos en el escalafon de la Marina i se les reputará como al servicio de Chile para los efectos de sus ascensos.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-JERMAN RIESCO.- L. Uribe O.