DECLARA FERIADO EL DIA EN QUE SE VERIFICA LA ELECCION DE ELECTORES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Lei núm. 1752.-Santiago, a 31 de Agosto de 1905.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.-Se declara feriado el dia en que se verifica la eleccion de Electores de Presidente de la República.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-JERMAN RIESCO.-Juan Antonio Orrego.