ARTICULO UNICO.-Concédese a la parroquia de Pisagua una estension de terrenos fiscales de veinticinco metros setenta centímetros de frente por cuarenta i nueve de fondo, destinada a la iglesia parroquial del mismo puerto.
Los límites de la espresada estension son los siguientes:
Al norte, terrenos ocupados por don Pedro Perfetti; al sur, Plaza Santa María i propiedad municipal; al este, calle Esmeralda: i al oeste el mar.