CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA HERMINIA GIAGNONI GONZALEZ VIUDA DE BORGHERO

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Herminia Giagnoni González viuda de Borghero, una pensión mensual, ascendente a sesenta escudos (Eº 60) sin perjuicio de la pensión de montepío de que goza en la actualidad.
    El mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54º de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a treinta de Julio de mil novecientos sesenta y ocho.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- José F. Guzmán C., Subsecretario de Hacienda.