MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Santiago, 17 de mayo de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 175.- Vistos:
a) El decreto Ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y,
e) El decreto supremo Nº 313 de 05.06.1998, que otorgó la concesión, modificado por el decreto supremo Nº 526 de 25.09.2000.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e) de los vistos, ingreso Subtel Nº 45.371 de 19.11.2003, complementado mediante ingreso Subtel Nº 12.658 de 20.01.2004;
b) La resolución exenta Nº 92 de 04.02.2004, de la Subsecretaría, que autorizó previamente la transferencia;
c) El instrumento público de fecha 11.03.2004, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, así como de la inserción de la misma en la resolución que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso tercero del artículo 21º de la ley;
d) La solicitud de modificación, por cambio de titular, de la concesión, objeto de la transferencia, ingreso Subtel Nº 25.737 de 26.03.2004;
e) Que el representante de la persona jurídica adquirente es chileno y no se encuentra sometido a proceso o condenado por delito que merezca pena aflictiva;
f) La solicitud de informe a la Comisión
Preventiva Regional de la IX Región, recibida por la Fiscalía Regional Económica de la IX Región el 11.11.2003, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001; y
g) El Certificado ante don Alvaro Bianchi Rosas, Notario Público de la Undécima Notaría de Santiago, de fecha 22.12.2003, firmado por el representante legal de la concesionaria; y, en uso de mis atribuciones.
D e c r e t o:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-273, para la localidad de Pailahueque, IX Región, cuyo titular es la Sociedad Comercial de Comunicación Social Devaud y Morales Limitada, RUT Nº 78.753.200-4, según consta en el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la Corporación Iglesia de los Adventistas del Séptimo Día, R.U.T. Nº 82.745.300-5, domiciliada en calle Diego Portales N° 251, Temuco, IX Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el Nº 4 del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.