Artículo Ley 21760
Art. 76 Nº 4
D.O. 16.08.202580 quinquies.- Citación a audiencia informativa y de primera revisión. La sentencia a la que hace referencia el artículo anterior citará a una audiencia informativa y de primera revisión dentro de un plazo no superior a treinta días desde su dictación. Se citará al niño, niña o adolescente junto con su abogado, a sus progenitores, a quienes detentaban su cuidado personal, a los demás miembros de su familia de origen que puedan detentar su cuidado personal, al o los adultos significativos en caso de que se solicite y al director del establecimiento o al responsable del programa en que se cumple la medida adoptada, o a quien éste designe.
Art. 76 Nº 4
D.O. 16.08.202580 quinquies.- Citación a audiencia informativa y de primera revisión. La sentencia a la que hace referencia el artículo anterior citará a una audiencia informativa y de primera revisión dentro de un plazo no superior a treinta días desde su dictación. Se citará al niño, niña o adolescente junto con su abogado, a sus progenitores, a quienes detentaban su cuidado personal, a los demás miembros de su familia de origen que puedan detentar su cuidado personal, al o los adultos significativos en caso de que se solicite y al director del establecimiento o al responsable del programa en que se cumple la medida adoptada, o a quien éste designe.
Sin perjuicio de lo anterior, no serán citadas las personas que consten en el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia. Por su parte, las personas que figuren en el Registro Especial de Inhabilitaciones para Ejercer Funciones en Ámbitos Educacionales o con Menores de Edad y en el Registro Especial de Inhabilidades Impuestas por Delitos contra la Vida, Integridad Física o Psíquica de Menores de Dieciocho Años, Adultos Mayores y Personas en Situación de Discapacidad tampoco serán citadas y no podrán ser parte de esta etapa.
La citación a la audiencia informativa y de primera revisión se realizará bajo los apercibimientos señalados en el inciso primero del artículo 80 septies y en el inciso final del artículo 80 octies.