Autoriza la inversion de 15 000 pesos en el pago de cuentas pendientes del Ministerio de Relaciones Esteriores
Lei núm. 1844.- Valparaiso, a 19 de Febrero de 1906.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente:
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de quince mil pesos en el pago de cuentas pendientes por gastos imprevistos del Ministerio de Relaciones Esteriores; i la de sesenta mil pesos, oro de dieciocho peniques, en el pago de espensas de establecimiento, gastos de viaje i empleados diplomáticos i consulares.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- F. Puga Borne.