Art. 474. (502) Acerca de la existencia de los rastros, huellas y señales que dejare un delito y acerca de las armas, instrumentos y efectos relacionados con él, hará completa prueba la diligencia de la inspección ocular que haya practicado el juez asistido por el secretario, asentada en el acta correspondiente.LEY 18857
Art. decimo
cuarto, 9.-