Art. 55. (77) Todo recurso contra una resolución judicial debe interponerse dentro de cinco días, si la ley no fijare un término especial para deducirlo.
    No obstante, el tribunal, de oficio o a petición deLEY 18857
Art. segundo Nº12
D.O. 06.12.1989
parte, podrá, en cualquier tiempo, rectificar las sentencias en los casos previstos en el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil, especialmente si se han cometido errores en la determinación del tiempo que el procesadoLey 19047
Art. 9
D.O. 14.02.1991
ha permanecido detenido o en prisión preventiva.