Artículo 683.- No obstante, si la absolución o elLEY 18857
Art. decimoctavo
D.O. 06.12.1989 sobreseimiento favorecen a un procesado que al tiempo de cometer el delito era enajenado mental, pero se funda en un motivo diverso de la exención de responsabilidad criminal establLey 19047
Art. 9
D.O. 14.02.1991ecida en el número 1° del artículo 10 del Código Penal, se le pondrá a disposición de la autoridad sanitaria si su libertad constituye riesgo, y si no lo constituye se le dejará libre.
Art. decimoctavo
D.O. 06.12.1989 sobreseimiento favorecen a un procesado que al tiempo de cometer el delito era enajenado mental, pero se funda en un motivo diverso de la exención de responsabilidad criminal establLey 19047
Art. 9
D.O. 14.02.1991ecida en el número 1° del artículo 10 del Código Penal, se le pondrá a disposición de la autoridad sanitaria si su libertad constituye riesgo, y si no lo constituye se le dejará libre.