Art. 305 bis C. No obstante lo dispuesto en elLEY 18288
Art. único Nº3
D.O. 21.01.1984
DFL 6, JUSTICIA
Art. único g)
D.O. 02.02.1993
LEY 18857
Art. quinto Nº36
D.O. 06.12.1989
artículo 305 bis A, las órdenes de detención y la resolución que somete a proceso al inculpado llevan consigo el arraigo, mientras están vigentes en el proceso y aun cuando el inculpado o procesado se encuentre en libertad provisional.
    Producen también arraigo de pleno derecho las sentencias condenatorias que impongan penas privativas o restrictivas de libertad que deban cumplirse en el país mientras no se ejecuten o extingan y aun en los casos en que el condeLey 19047
Art. 9
D.O. 14.02.1991
nado se encuentre en libertad condicional o cumpliendo alguna de las penas sustitutivas establecidas en la ley N° 18.216.