Artículo primero.- Para reparar los daños causados por el terremoto de 16 de agosto último en la ciudad de Valparaiso, para precaver a esta ciudad de inundaciones i mejorar sus condiciones hijiénicas, se ejecutarán los siguientes trabajos:
1.° Abrir en el barrio del Almendral nuevas calles, plazas i avenidas i suprimir, ensanchar i rectificar las antiguas;
2.° Nivelar dicho barrio dándole la altura i el declive correspondiente;
3.° Pavimentar en el mencionado barrio las calles i construir las aceras;
4.° Trasladar en el mismo barrio las cañerías de gas, agua potable i desagües i las líneas de tranvías i de alumbrado eléctricos;
5.° Reparar o reconstruir los establecimientos públicos de educacion o beneficencia, los templos parroquiales i demas edificios públicos;
6.° Construir cauces i las demas obras necesarias para precaver de inundaciones a la ciudad; i
7.° Abrir nuevas calles o ensanchar i regularizar las antiguas, entre el Camino de Cintura i el pié de los cerros en la forma que mejor se armonice con la topografía del terreno i con las prescripciones de la hijiene.
Todos los trabajos anteriores se ejecutarán con arreglo a los planos i a los límites que apruebe el Presidente de la República, oyendo a la Municipalidad respecto de las obras de carácter municipal, i no se aplicarán a estos trabajos las disposiciones de la lei de 6 de diciembre de 1876.