ART. 4.° Una comision compuesta del Intendente de la provincia, del primer Alcalde de la Municipalidad de Valparaiso i cinco personas mas designadas por el Presidente de la República, tendrá a su cargo la direccion de todos los trabajos i las adquisiciones i espropiaciones de terrenos que deben hacerse para dar cumplimiento a los artículos precedentes, i procederá con arreglo a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.