Lei núm. 1,896 que autoriza el pago de los billetes fiscales
    Lei núm 1,896.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único . Autorízase al Presidente de la República para que invierta en lo que resta del presente año hasta la suma quince mil libras esterlinas (L 15,000) en el pago del valor de los billetes fiscales contratados con el ajente de la Compañía Americana de Billetes de Banco.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 15 de diciembre de 1906.- PEDRO MONTT.- Rafael Sotomayor.