Lei núm. 1,906, que autoriza a la Municipalidad de San Javier de Loncomilla para conceder el uso de la via pública que debe ocupar un ferrocarril.
Lei de 1906.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único . Autorízase a la Municipalidad de San Javier de Loncomilla para conceder hasta por treinta años el uso de las vias públicas, sin perjuicio del tráfico, que debe ocupar el ferrocarril a que se refiere el contrato celebrado con don Cárlos V. Ramírez i aprobado por dicha corporacion en sesion de 31 de agosto de 1905.
Esta autorizacion no tendrá efecto si el ferrocarril no estuviere terminado i entregado al tráfico público dentro del plazo estipulado en el contrato.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 2 de Febrero de 1907.- PEDRO MONTT.- V. Santa Cruz.