Lei núm. 1,907 que concede permiso a los capitanes señores Arturo Ahumada i Diego Guillen para que sirvan en Colombia.
Lei núm. 1907.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único . Concédese a los capitanes señores Arturo Ahumada i Diego Guillen, permiso para que puedan prestar sus servicios a las órdenes del Gobierno de la República de Colmbia, conservando sus empleos i antigüedades en el ejército de Chile.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 5 de enero de 1907.- PEDRO MONTT.- José Francisco Fábres.