Lei núm. 1,913, que concede una gratificacion a los empleados del Congreso
    Lei núm. 1,913.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único. Concédese, por una sola vez, una gratificacion de treinta por ciento sobre los sueldos percibidos durante el año de 1906, a los empleados de Secretaría i Redaccion de Sesiones del Senado i de la Cámara de Diputados i a los de la Biblioteca del Congreso.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 24 de enero de 1907.- PEDRO MONTT.- V. Santa Cruz.