Lei núm. 1,915 que prorroga el plazo concedido para proporcionar luz i fuerza motriz a la poblacion San Gregorio de la Comuna de Ñuñoa.
    Lei núm. 1,915.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único. Se prorroga por treinta años mas la concesion otorgada por decreto núm. 1,298, de 21 de marzo de 1906, para desarrollar la corriente eléctrica necesaria con el objeto de proporcionar luz i fuerza motriz a la poblacion formada en el fundo San Gregorio de la Comuna de Ñuñoa, i el uso de los bienes nacionales de uso público necesarios para las instalaciones.
    Esta prórroga se entenderá hecha en las condiciones establecidas en el referido decreto de 21 de marzo de 1906.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 25 de enero de 1907.- PEDRO MONTT.- V. Santa Cruz.