Lei núm. 1,936 que amplía el plazo del Reglamento de Minas i fija la patente de los yacimientos de arenas auríferas.
    Lei núm. 1,936.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO PRIMERO. Amplíase a quinientos dias el plazo establecido por el art. 10 del Reglamento de Minas de 5 de Julio de 1895.

    ART. 2.° Los yacimientos de arenas auríferas pagarán una patente anual de un peso por hectárea.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 8 de febrero de 1907.- PEDRO MONTT.- R. Sotomayor.