Lei núm. 1,962, que incluye a Taltal i Tocopilla entre los puertos por los cuales puede importarse i esportarse alcoholes, etc.
Lei núm. 1,962.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Inclúyese a Taltal i Tocopilla entre los puertos por los cuales, segun el artículo 118 de la lei sobre alcoholes número 1,515 de 18 de enero de 1902, puede importarse i esportarse alcoholes, licores espirituosos i vinos de todas clases.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 8 de julio de 1907.- PEDRO MONTT.- Guillermo Subercaseaux.