Lei núm. 1,982 que Considera el servicio activo hasta el 1.° de setiembre de 1891, al teniente-coronel don Francisco Villagran.
Lei núm. 1,982.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Considérese, por gracia, en servicio activo al teniente-coronel de Ejército don Francisco Villagran hasta el 1.° de setiembre de 1891; i en re tiro, desde esa misma fecha, con la pension correspondiente a sus años de servicios i al sueldo de asamblea fijado por la lei de 22 de setiembre de 1882.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 17 de agosto de 1907.- PEDRO MONTT.- Alejandro Lira.