Lei núm. 1,987 que autoriza la inversion de $ 200,000 en la adopcion de medidas para combatir enfermedades infecciosas.
Lei núm. 1,987.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de doscientos mil pesos en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas i en los gastos ocasionados por las mismas.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 26 de agosto de 1907.- PEDRO MONTT.- Luis A. Vergara.