Artículo 1º.- Sustitúyese el decreto supremo de Educación Nº 297, de 2002, que Reglamenta el Programa de Perfeccionamiento Docente en Áreas Prioritarias de la Educación Decreto 168, EDUCACIÓN
Art. 1 Nº 1
D.O. 07.06.2012
parvularia primer y segundo nivel de transición, básica y media, en la forma que a continuación se señala.