Artículo 3º.- El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras:
1.- Compra de ampolletas,
materiales eléctricos y otros....Eº 12.000
2.- Compra de bien raíz
pro-construcción de
Biblioteca Municipal y
Edificio Consistorial............Eº 19.500
3.- Ampliación red de agua
potable a Cementerio
Municipal y construcción
de nichos en el mismo............Eº 19.500
4.- Adquisición de vehículos
para extracción de basuras
en aseo domiciliario.............Eº 25.500
5.- Compra bien raíz para
mercado y feria libre............Eº 30.000
6.- Construcción de cerco
en Cementerio Municipal..........Eº 7.500
7.- Aporte a Dirección de
Pavimentación Urbana para
pavimentar aceras, calzadas
y plazas.........................Eº 7.500
8.- Terminación Edificio
Municipal y ampliación de
local para Juzgados de
Policía Local....................Eº 19.500
9.- Compra bien raíz
pro-construcción de
estación de microbuses en
servicio intercomunal............Eº 4.500
10.-Compra equipo para
exámenes psicotécnicos....... ...Eº 10.500
11.-Ampliación de red de
agua potable a barrios
marginales............... .......Eº 15.000
12.-Adquisición de autoclave
para matadero municipal....... ..Eº 9.000
Eº 180.000