ADecreto 1218, HACIENDA
N° 1
D.O. 14.10.2021
rtículo 3.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de este Reglamento, excepcionalmente, en los procedimientos de contratación cuyas Bases sean publicadas entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, ambas fechas inclusive, en los casos en que la respectiva entidad licitante requiera la constitución de una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, las Bases deberán establecer que dicha garantía no podrá exceder del 5% del valor total del contrato cuando el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la Ley Nº 20.416.