CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA ERNESTINA Y A DOÑA BLANCA WRIGHT CATALDO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ernestina y a doña Blanca Wright Cataldo, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales a cada una, de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre ellas.
El gasto que demande la aplicación de esta ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a cinco de Enero de mil novecientos sesenta y seis.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Saldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.