Lei núm. 2,048 que autoriza la inversion de $ 79,841.94 en pagar obligaciones contraidas por el Ministerio de Instruccion Pública, correspondientes a la Seccion Secundaria, Superior i Especial.
Lei num. 2,048.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de setenta i nueve mil ochocientos cuarenta i un pesos noventa i cuatro centavos en el pago de las obligaciones contraidas por el Ministerio de Instruccion Pública, correspondiente a la Seccion Secundaria, Superior i Especial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 16 de setiembre de 1907.- PEDRO MONTT.-
E. Figueroa.