Artículo 15.- Fíjase la siguiente planta del personal para la Agencia:
Cargos Grado N°
Director 1C 1
Subdirector 2 1
Jefes de División 2 3
3 3
Jefes de Departamento 4 8
5 5
6 4
PROFESIONALES
Profesionales 4 6
5 7
6 8
7 6
8 5
9 2
TECNICOS
Técnicos 10 2
ADMINISTRATIVOS
Administrativos 10 12
11 7
12 5
14 4
AUXILIARES
Auxiliares 19 4
20 3
21 3
99
Serán requisitos para el ingreso y desempeño en los cargos que se indican, los siguientes:
a) Planta de Directivos: Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o título profesional de Oficial de Estado Mayor o de Ingeniero Militar Politécnico o sus equivalentes en las otras Instituciones de la Defensa Nacional, o título profesional de Oficial Graduado en el caso de Oficiales de Carabineros y título de Oficial Graduado en Investigación Criminalística en el caso de la Policía de Investigaciones.
b) Planta de Profesionales: Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o título profesional de Oficial de Estado Mayor o de Ingeniero Militar Politécnico o sus equivalentes en las otras Instituciones de la Defensa Nacional o título profesional de Oficial Graduado en el caso de Oficiales de Carabineros y título de Oficial Graduado en Investigación Criminalística en el caso de la Policía de Investigaciones.
c) Planta de Técnicos: Título de Técnico de Educación Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, incluyendo a las Escuelas y Academias de las Instituciones de la Defensa Nacional.
d) Planta de Administrativos: Licencia de Enseñanza Media.
e) Planta de Auxiliares: Licencia de Educación Básica.