Artículo 34.- El control interno será realizado por el Director o Jefe de cada organismo Ley 21821
Art. 1° Nº 50) a)
D.O. 30.05.2026o servicio de inteligencia que integra el Sistema, quien será responsable directo del cumplimiento de esta ley.
Art. 1° Nº 50) a)
D.O. 30.05.2026o servicio de inteligencia que integra el Sistema, quien será responsable directo del cumplimiento de esta ley.
El control interno comprenderá, entre otros, los siguientes aspectos:
a) La correcta administración de los recursos humanos y técnicos en relación con las tareas y misiones institucionalesLey 21821
Art. 1° Nº 50) b) i y ii
D.O. 30.05.2026 y con los instrumentos de planificación establecidos en la presente ley.
Art. 1° Nº 50) b) i y ii
D.O. 30.05.2026 y con los instrumentos de planificación establecidos en la presente ley.
b) El uso adecuado de los fondos asignados al organismo o servicio de manera que sean racionalmente utilizados para el logro de sus tareas propias.
c) La adecuación de los procedimientos empleados al respeto de las garantías constitucionales y a las normas legales y reglamentarias.