ArtículoLey 21821
Art. 1° Nº 63)
D.O. 30.05.2026 49.- Al Sistema de Inteligencia del Estado sólo le será aplicable el régimen de tratamiento y protección de datos personales establecido en el artículo 24 de la ley N° 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales.
Art. 1° Nº 63)
D.O. 30.05.2026 49.- Al Sistema de Inteligencia del Estado sólo le será aplicable el régimen de tratamiento y protección de datos personales establecido en el artículo 24 de la ley N° 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales.
No será aplicable al Sistema de Inteligencia del Estado la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.