Lei núm. 2,116, que autoriza la ereccion de un monumento en la ciudad de San Felipe al sacerdote don José Agustín Gómez.
Lei núm. 2,116.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase la construccion, en el local que el Presidente de la República designe dentro de la ciudad de San Felipe, del monumento que se proyecta erijir, por suscripcion popular, en honor a la memoria del ex-párroco de dicha ciudad, don José Agustin Gómez.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 5 de Setiembre de 1908.- PEDRO MONTT.- Javier A. Figueroa.