AUTORIZA A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO PARA SUPRIMIR LA ESTACION DE CARTAGENA Y EL SERVICIO FERROVIARIO EN LA VIA FERREA SAN ANTONIO A CARTAGENA.

    Núm. 64.- Santiago, 16 de Marzo de 1989.- Visto: Estos antecedentes, lo informado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado mediante oficios DG. DJ. N°s. 744 y 944 de 26 de Enero y 02 de Febrero de 1989, respectivamente lo prescrito en el artículo 10° letras h) e i), del D.F.L. No. 94 de 1960, y sus modificaciones, lo dispuesto en la Ley No. 16.436, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32° No. 8 de la Constitución Politica de la República de Chile.

    Decreto:

    1°.- Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para suprimir la estación ferroviaria de Cartagena, situada en la comuna del mismo nombre, Provincia de San Antonio, V Región.
    2°.- Autorízase a dicha Empresa, asimismo, para suprimir el servicio en la vía férrea tendida desde las estaciones ferroviarias de San Antonio a Cartagena, comprendida entre los Kms. 112.839 y 118.197.
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Carlos Silva Echiburu Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.