LEY NUM. 16.459
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA HERMINIA VALENZUELA VIUDA DE GONZALEZ
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Herminia Valenzuela viuda de González, una pensión de Eº 40,- mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones, formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54º de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a dieciocho de Abril de mil novecientos sesenta y seis.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.